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Nuevo varapalo del Constitucional a Sánc-HEZ, pero tranquilos que “su persona” es el más grande y tiene bula
(demasiado antiguo para responder)
El Despertador
2022-06-03 10:24:47 UTC
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Nuevo varapalo del Constitucional a Sánc-HEZ, pero tranquilos que “su
persona” es el más grande y tiene bula
Por El Diestro - 2 junio, 2022

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https://t.me/ElDiestro
Cuatro de cuatro. Sánc-HEZ está a punto de batir récords de ilegalidades
flagrantes cometidas en una legislatura y además con un agravante: que
en España no hay separación de poderes y que los asuntos han sido tan
descarados, que a los jueces del Constitucional no les ha quedado más
remedio que llevar la contraria al jefe.

Y es que, además de las tres sentencias de inconstitucionalidad de los
estados de alarma, se ha llevado una cuarta: la de dejar en manos de los
Tribunales Superiores de Justicia el aval de las medidas contra el
COVID. Según publican varios medios, el Tribunal Constitucional ha
declarado nula la decisión del Gobierno (plasmada en una ley) para que
fueran los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades
autónomas quienes decidieran si debían autorizar o no la aplicación de
normas sanitarias de nivel general para prevenir contra el Covid después
de que los responsables de los gobiernos regionales les consultaran.

Según la sentencia expuesta por el magistrado Enrique Arnaldo,
“quebranta el principio constitucional de separación de poderes, al
atribuir a los órganos judiciales del orden contencioso-administrativo
funciones ajenas a su cometido constitucional (arts. 106.1 y 117 CE),
con menoscabo de la potestad reglamentaria que la Constitución atribuye
al poder ejecutivo (art. 97 CE), sin condicionarla al complemento o
autorización de los jueces o tribunales para entrar en vigor y desplegar
eficacia, bastando para ello la publicación en el correspondiente diario
oficial. La potestad reglamentaria se atribuye por la Constitución (y
por los Estatutos de Autonomía, en su caso) al poder ejecutivo de forma
exclusiva y excluyente, por lo que no cabe que el legislador la
convierta en una potestad compartida con el poder judicial, lo que
sucede si se sujeta la aplicación de las normas reglamentarias al
requisito previo de la autorización judicial”.

¿Y ahora qué, queridos y queridas (aquí sí que vamos a utilizar el
lenguaje inclusivo)? ¿Vamos a seguir como si no pasara nada? Sí,
¿verdad? Lo esperábamos.
toni
2022-06-03 20:07:25 UTC
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Post by El Despertador
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persona” es el más grande y tiene bula
Por El Diestro - 2 junio, 2022
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Cuatro de cuatro. Sánc-HEZ está a punto de batir récords de ilegalidades
flagrantes cometidas en una legislatura y además con un agravante: que
en España no hay separación de poderes y que los asuntos han sido tan
descarados, que a los jueces del Constitucional no les ha quedado más
remedio que llevar la contraria al jefe.
Y es que, además de las tres sentencias de inconstitucionalidad de los
estados de alarma, se ha llevado una cuarta: la de dejar en manos de los
Tribunales Superiores de Justicia el aval de las medidas contra el
COVID. Según publican varios medios, el Tribunal Constitucional ha
declarado nula la decisión del Gobierno (plasmada en una ley) para que
fueran los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades
autónomas quienes decidieran si debían autorizar o no la aplicación de
normas sanitarias de nivel general para prevenir contra el Covid después
de que los responsables de los gobiernos regionales les consultaran.
Según la sentencia expuesta por el magistrado Enrique Arnaldo,
“quebranta el principio constitucional de separación de poderes, al
atribuir a los órganos judiciales del orden contencioso-administrativo
funciones ajenas a su cometido constitucional (arts. 106.1 y 117 CE),
con menoscabo de la potestad reglamentaria que la Constitución atribuye
al poder ejecutivo (art. 97 CE), sin condicionarla al complemento o
autorización de los jueces o tribunales para entrar en vigor y desplegar
eficacia, bastando para ello la publicación en el correspondiente diario
oficial. La potestad reglamentaria se atribuye por la Constitución (y
por los Estatutos de Autonomía, en su caso) al poder ejecutivo de forma
exclusiva y excluyente, por lo que no cabe que el legislador la
convierta en una potestad compartida con el poder judicial, lo que
sucede si se sujeta la aplicación de las normas reglamentarias al
requisito previo de la autorización judicial”.
¿Y ahora qué, queridos y queridas (aquí sí que vamos a utilizar el
lenguaje inclusivo)? ¿Vamos a seguir como si no pasara nada? Sí,
¿verdad? Lo esperábamos.
Son los diputados del Congreso quienes aprueban los decretos.
Dejar al gobierno en segundo lugar. Busca la lista de diputados
culpables de tu provincia y que se enteren de su maldad.

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